Ley de Obra Pública [CAMSAM]


ccHoy, el CAMSAM publicó un desplegado al Senado de la República para que en la ley de obra pública que se votará en estos días se incluya la noción de proyecto arquitectónico (inexistente) y la obligación de concursarlo.

Hay que apoyar esta propuesta.   Difundan la carta, envíensela a los senadores de su entidad y a los Colegios locales para que se sumen.

COLEGIO DE ARQUITECTOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
SOCIEDAD DE ARQUITECTOS MEXICANOS

A LA OPINIÓN PÚBLICA

El 9 de diciembre se aprobó en la Cámara de Diputados el Dictamen de Reformas a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas y fue turnada a la Cámara Alta para ser votada el próximo lunes 15 de diciembre. Al respecto el Colegio de Arquitectos de la Ciudad México y la Sociedad de Arquitectos Mexicanos (CAM–SAM) manifiestan su profunda preocupación por algunas carencias en la Reforma que directamente impiden garantizar la conceptualización del Proyecto Arquitectónico y Urbanístico y la transparencia en los procesos destinados a la obra pública.

En las condiciones actuales del país, cualquier reforma que sirva para impulsar y garantizar procedimientos democráticos, transparentes y verificables, debe ser tomada en cuenta. La reconstrucción del espacio público como espacio de convivencia democrática que tanto urge, no puede hacerse dejando al margen el papel y la responsabilidad de la Arquitectura y los arquitectos.

El CAM-SAM se congratula por la existencia de una iniciativa que reconozca que la infraestructura requerida hoy por el país exige fortalecer y simplificar el marco jurídico que regula la Obra Pública y los Servicios Relacionados con mecanismos para la gestión y evaluación de los proyectos, ofreciendo alternativas adicionales para la toma de decisiones e incorporando nuevas figuras que brinden mayores y mejores elementos al Estado para garantizar la transparencia.

Pero resulta difícil pensar la transparencia en materia de Obra Pública si antes de realizarla no existen protocolos adecuados que garanticen la elaboración de los proyectos urbanos y arquitectónicos. Actualmente la ley no considera a los proyectos más que como un servicio relacionado, sin reconocer la necesidad de asignar recursos para su elaboración. Esta labor es fundamental para la transparencia en la toma de decisiones y la necesaria rendición de cuentas en la Obra Pública, cualquiera que sea su dimensión y presupuesto. Es necesario, además, garantizar mecanismos para la selección de los mejores proyectos y proyectistas, de manera justa, legal y transparente, lo que implica la realización de concursos de diseño arquitectónico y urbanístico, apegados a las mejores prácticas internacionales.

Solicitamos a la Cámara de Senadores incorpore en la Reforma a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados las adiciones y modificaciones que el CAM-SAM ya ha propuesto y enviado a las Comisiones del Senado de la República y manifestamos nuestra disposición para establecer un diálogo directo con el fin de elaborar una Reforma completa y verdaderamente comprometida con la transparencia en forma amplia e integral. Por el momento, bastaría con que la Iniciativa de Ley incluya y reconozca dichas propuestas, dejando al Reglamento de la Ley y, en su caso, a los Lineamientos que emita la Secretaría de la Función Pública su consideración detallada.

ATENTAMENTE
ARQ. JOSÉ LUIS CORTÉS DELGADO
PRESIDENTE DE LOS CONSEJOS DIRECTIVOS
CAM-SAM 2014-2016

Ciudad de México, a 12 de diciembre de 2014