CONVOCATORIA PARA ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DE ALUMNOS PARA EL CONSEJO DE PROGRAMA DE INGENIERÍA DE ALIMENTOS

CONVOCATORIA PARA ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DE ALUMNOS

PARA EL CONSEJO DE PROGRAMA DE INGENIERÍA DE ALIMENTOS

Tlaquepaque, Jalisco, a 20 de febrero de 2019

CONVOCATORIA:

Por este conducto se convoca a todos los alumnos activos del programa de Ingeniería de Alimentos, en el periodo de primavera 2019, a proponer candidatos para representar a los alumnos en el respectivo consejo de programa.

Las propuestas se recibirán por correo electrónico en la dirección rzuniga@iteso.mx y deberán llegar a más tardar el jueves 28 de febrero a las 14:00 horas. Cada candidato propuesto podrá enviar un texto de máximo 150 palabras, en el que exponga por qué debería ser representante en el consejo. Estos textos se darán a conocer a los electores por medios electrónicos antes de la elección.

Cabe resaltar que los miembros de la sociedad de alumnos pueden ser candidatos a representantes en el consejo de programa.

Las elecciones se realizarán mediante voto directo secreto. Podrán ser votados los candidatos previamente registrados, que cumplan con lo establecido en el Reglamento del Departamento (ver anexo). Se recibirán votos directamente en una urna colocada en la Recepción del Departamento de Procesos Tecnológicos e Industriales (DPTI), edificio I, primer piso, los días lunes 4 y martes 5 de marzo. La votación se cerrará el miércoles 6 de marzo a las 14:00 horas.

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ANEXO: EXTRACTO DEL REGLAMENTO DE LOS DEPARTAMENTOS

“Artículo 14. Consejo de Programa Educativo de licenciatura, especialidad y maestría.

El Consejo de Programa Educativo es el organismo colegiado responsable de velar, junto con el coordinador, por la realización del proyecto educativo del programa, en función de las necesidades socioprofesionales de su entorno, y dentro del marco de sus objetivos, el currículo y la organización departamental del servicio educativo.

Artículo 15. Integrantes, requisitos y duración de los representantes del Consejo de Programa Educativo.

  1. El Consejo de Programa Educativo está integrado por tres alumnos inscritos en el programa, tres profesores relacionados con el mismo y el coordinador del programa, quien lo preside.
  2. Son elegibles como representantes de los alumnos los estudiantes inscritos en el programa que tengan aprobados por lo menos el 10% de los créditos del mismo. Durarán en su cargo un año y podrán ser reelegidos para un periodo consecutivo más. Son electores todos los alumnos inscritos al programa.
  3. Los representantes de los profesores serán elegidos por el Consejo de Departamento a propuesta del coordinador de programa y mediando convocatoria pública. Podrán ser candidatos los profesores del ITESO, de planta o de asignatura, que estén, directa o indirectamente, relacionados con el objeto de estudio del programa. Los profesores durarán en su cargo dos años y podrán ser reelegidos para un periodo consecutivo más.

Artículo 16. Atribuciones del Consejo de Programa Educativo.

Son atribuciones del Consejo de Programa Educativo:

  1. Dar seguimiento y evaluar los procesos y resultados educativos del programa, en función de su respuesta a las necesidades socioprofesionales de su entorno, dentro del marco de los principios y criterios educativos del ITESO.
  2. Dar seguimiento y evaluar la calidad del servicio educativo departamental al programa, en función de sus objetivos y los requerimientos del currículo.
  3. Proponer al Consejo de Departamento modificaciones al currículo, dentro de los tiempos, criterios y procedimientos que defina el Consejo Académico.
  4. Proponer y resolver en diálogo con las UABs que dan servicio educativo al programa la actualización de los contenidos y metodologías de los cursos que están bajo su responsabilidad.
  5. Proponer al Consejo de Departamento y ser consultado por éste en materia de criterios de admisión, acompañamiento y asesoría educativa a los alumnos y su titulación.
  6. Impulsar actividades de vinculación con el entorno socioprofesional del programa, así como de complemento y mejoría del servicio educativo.
  7. Aplicar sanciones disciplinarias conforme lo establecido en el Reglamento de Alumnos.

Artículo 17. Procedimientos del Consejo de Programa Educativo.

El Consejo de programa se reunirá por lo menos una vez al mes y seguirá los procedimientos aplicables establecidos en el Reglamento del Consejo Académico.”